ESTABLECESE QUE LOS EMPLEADORES PODRAN UTILIZAR APLICACIONES INFORMATICAS PARA INGRESAR Y COMPLETAR, CON CARACTER DE DECLARACION JURADA, LA INFORMACION SOLICITADA EN EL FORMULARIO “CONSTANCIA DE ENTREGA DE ROPA DE TRABAJO Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL” CREADO POR LA RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 299 DE FECHA 18 DE MARZO DE 2011.
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Establecese que en los supuestos de denuncia de una enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-COV-2, en los términos de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) nº 367 de fecha 13 de abril de 2020, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y los empleadores autoasegurados (E.A.) deberán remitir la información contenida en el Anexo I de la resolución de esta Superintendencia de Riesgos de Trabajo (S.R.T.) n° 3.327 de fecha 09 de diciembre de 2014, al Registro de Enfermedades Profesionales (R.E.P.) en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas contadas desde la acreditación total de los requisitos formales detallados en el Articulo 1° de la Resolución S.R.T. n° 38 de fecha 28 de abril de 2020.
Apruebase el documento “Protocolo general para la prevención del COVID-19. guía de recomendaciones para una reincorporación gradual responsable al trabajo”, en el marco de la emergencia publica sanitaria dispuesta por el Decreto n° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OM.S.) respecto del virus COVID-19, el que como Anexo I IF-2020-51711988-APN-GP#SRT forma parte integrante de la presente disposición.
El gerente General de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Marcelo Domínguez, mediante una disposición, aprobó una serie de documentos que brindan recomendaciones a las actividades laborales que se encuentran exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo bajo el Decreto N° 297/20.
El Comité de Crisis de la SRT consideró procedente establecer recomendaciones a los empleadores a fin de garantizar las condiciones de higiene y seguridad con el propósito de preservar la salud de los trabajadores. La disposición consta de cuatro documentos que cubren diferentes aspectos de la labor diaria de aquellos trabajadores que deben asistir a sus puestos de trabajo que funcionan como complemento a las medidas ya adoptadas por el sector público nacional, en línea con las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la Nación. Los anexos profundizan en cuestiones sobre “Recomendaciones especiales para trabajos exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio”; “Recomendaciones para desplazamientos hacia y desde tu trabajo”; “Elementos de Protección Personal” y “Correcta colocación y retiro del protector respiratorio”. |
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