ESTABLECE PAUTAS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES PARA LOS GESTORES DE RAEES QUE REALICEN EXCLUSIVAMENTE EL DESARMADO, DESGUACE Y CLASIFICACIóN DE LOS MISMOS PARA POSTERIOR REUTILIZACIÓN, EN MARCO DE LA LEY N° 14321.DEROGA RESOLUCIóN N°101/11. RESO-2022-149-GDEBA-MAMGP
Referencia: Resolución Creación del Registro de Refuncionalizadores de RAEEs VISTO el EX-2021-29481398-GDEBADGAOPDS, las Leyes Provinciales Nº 11.723, Nº 14.321, Nº 15.164 y su modificatoria N° 15.309, los Decretos N° 735/21, N° 89/22, la Resolución Nº 269/19 y; CONSIDERANDO: Que, entre las competencias asignadas al Ministerio de Ambiente por la Ley Provincial Nº 15.164, y su modificatoria N° 15.309, se encuentran las de ejecutar las acciones conducentes a la fiscalización de los elementos que puedan causar contaminación del aire, agua, suelo; como así también intervenir en los procedimientos de prevención, determinación, evaluación y fiscalización en materia de residuos; Que la Ley Provincial Nº 14.321 establece el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades para la gestión sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) en el territorio de la provincia de Buenos Aires y contempla en su artículo 18, inciso 3º, la potestad de la Autoridad de Aplicación para la creación de un Registro Provincial donde deban inscribirse los gestores de dicha clase de residuos; Que mediante Decreto N° 735/21 se designó como Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial N° 14.321 al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible; Que las funciones del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible fueron absorbidas por este Ministerio de Ambiente, constituyéndoselo, mediante la Ley Provincial N° 15.309, en su continuador institucional; Que la Resolución RESO-2019-269-GDEBA-OPDS establece el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades para los gestores de RAEEs que realicen exclusivamente el desarmado, desguace y clasificación de los mismos para su posterior reutilización, en el marco de lo establecido en la Ley N° 14.321; Que, dicha Resolución establece en su artículo 5° la obligación de todo gestor refuncionalizador de inscribirse en el Registro Provincial de RAEES, creado por la Ley Provincial N° 14.321, fijando los requisitos que deberán cumplimentar los mismos para su inscripción; Que habiéndose advertido que se ha incurrido en un error, omitiendo la creación del mencionado Registro, conforme lo establecido en la normativa citada precedentemente, corresponde modificar el artículo 5° de la Resolución en cuestión, procediendo a la creación del Registro Provincial de RAEEs; Que la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado han tomado intervención de su competencia; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 15.164, modificada por la Ley N° 15.309, por el artículo 18, inciso 3º de la Ley Nº 14.321 y por el Decreto N° 89/22; Por ello, LA MINISTRA DE AMBIENTE DEL MINISTERIO DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 5° de la Resolución RESO-2019-269-GDEBA-OPDS, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 5: Crear el Registro Provincial de RAEEs, en el marco de lo previsto por la Ley Provincial N° 14.321, estableciendo el funcionamiento del mismo bajo la órbita de la Dirección de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, dependiente de la Dirección Provincial de Residuos Sólidos Urbanos. Todo gestor refuncionalizador deberá inscribirse en dicho Registro y gestionar los residuos especiales que eventualmente genere como producto de su Gestión de RAEEs bajo el marco de la Ley Provincial N° 11.720”. ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
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